miércoles, 18 de julio de 2007

Cálculo de la prestación por desempleo

Hoy me he enterado de que tengo 15 días hábiles para solicitar la prestación por desempleo. En mi carta de despido ponía que era empleada de la empresa hasta el domingo 15 de Julio, así que ya he consumido 3. El caso es que ni ésta ni la anterior, me han enviado todavía el Certificado de empresa y eso que se lo pedí con tiempo precisamente para evitarme pasar un mal rato. Si me planteo el próximo año sin "trabajar" es sólo contando con cobrar el paro. Si no lo cobrara, sería impracticable.

Con la impaciencia, he vuelto a hacer el cálculo de lo que será mi prestación por desempleo, para cerciorarme de que no me equivoqué y los números que barajo son los que son. En la página del INEM te lo calculan, pero yo prefiero el método tradicional.

Lo primero es saber cual ha sido tu base imponible durante los últimos 180 días cotizados. Es decir, tu sueldo bruto mensual. Si ha sido el mismo durante los seis meses estupendo. Si no, haces como yo: abres una excel.
Pones el nombre de los meses (si pones enero y estiras hacia abajo, salen los demás) (parece una tontería, pero por estas cosas pagan una pasta a algunos consultores) y al lado lo que has cobrado. En mi caso, como no me sé lo que he ganado bruto al mes, pongo el bruto anual dividido entre 12.

Lo sumas todo. Aquí es donde paras y piensas: "coño, cómo me he gastado todo este dinero en tan poco tiempo" porque así, amontonado, hasta un sueldo de mierda parece mucho. Este paso en realidad no sirve de nada. Pero acojona.

En la siguiente columna pones cuántos días de ese mes has trabajado por ese sueldo. Si lo has trabajado completo, al lado de enero pones 31, de febrero 28... Si no, pues pones el número de días. Si como yo has trabajado parte de un mes por un sueldo y parte por otro, pues nada, duplicas el mes, pones el sueldo bruto de cada trabajo por mes, y el número de días que has trabajado por ese sueldo.

Ya queda poco. Multiplicas el sueldo de cada mes por los días que has trabajado y lo divides entre los días que tiene. Y ahora sí, lo vuelves a sumar todo.

Ese total lo divides entre 180 para obtener cuanto has cobrado por día y el resultado lo multiplicas por 30. Durante los 180 primeros días del cobro de la prestación, cobrarás el 70% de la cantidad obtenida. A partir del 181 cobrarás el 60%.

Si no está tan mal como pensabas es porque te pasas del tope...
    Sin hijos:     1.019,20
    Con 1 hijo:   1.164,80
    Con 2 hijos: 1.257,64

Ah, y a eso le restas Seguridad Social e IRPF. No lo digas, que no hace falta...

Por último, y ya que estamos, te pongo la tabla de los días de prestación que te corresponden según el tiempo trabajado durante los 6 últimos años.



P.D. Los primeros 10 días de prestación no te los pagan el primer mes, sino el último.

4 comentarios:

Anónimo dijo...

Excelente post! Tengo entendido que también puedes cobrar la prestación en un sólo pago. ¿Sabes Cómo se hace?

Sal U2, y suerte

always dijo...

Había oído que estaba pensado para aquellos casos en los que el desempleado piensa en montar su propia empresa, y parece que es así... Tienes toda la información aquí.

Un saludo y gracias...

Anónimo dijo...

Gente, una pregunta sobre este asunto. Mi ultimo dia como empleado fue en marzo del 2006, solo que no precisaba de la ayuda estatal, ahora la preciso y quiero gestionar el cobro por desempleo, lo puedo hacer igual no? esta solicitud no tiene por que hacerse enseguida luego de quedar sin curro no?

gracias, Christian,

always dijo...

La solicitud debe hacerse en los 15 días posteriores al día en que causas baja en la empresa.

De no ser así, puedes solicitarlo fuera de plazo, pero se te descuenta el importe que corresponde al tiempo que has perdido.

Si la situación es tal y como la describes, mucho me temo que has perdido la posibilidad de cobrar ese dinero...

Un saludo y suerte